Como ya hemos comentado en anteriores ocasiones, el Gobierno ha incrementado el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2017 en un 8%. Esto supone un salario mínimo de 707,70 euros mensuales o 23,59 euros diarios. Con la prorrata de las pagas extras, el salario asciende a 825,65 euros mensuales en 12 pagas y para los empleados de hogar que trabajen por horas, asciende a 5,54 euros por hora trabajada.
Desde el 2014 a 2018, las retribuciones y bases de cotización se actualizarán igual que el SMI vigente. No obstante, según la normativa vigente, las bases de cotización se establecen en función del salario que percibe el trabajador.
Tipos de cotización para 2017:
Los tipos de cotización se incrementan con respecto al 2016, para ir asimilándolos paulatinamente a los tipos del régimen general:
- En el año 2016, el tipo de cotización fue del 25,60%, siendo el 21,35/ a cargo del empleador y el 4,25% a cargo del trabajador.
- Para el año 2017, el tipo de cotización será del 26,50%, siendo el 22,10% a cargo del empleador y el 4,40% a cargo del trabajador.
- La cotización de accidente de trabajo y enfermedad profesional para el año 2016 se mantiene en un 1,10%.
Para el ejercicio 2017, en el borrador/proyecto de la Orden de Cotización no se contemplaba la bonificación del 20%, vigente hasta 31-12-2014, pero prorrogada para los años 2015 y 2016. Finalmente, en la Orden ESS/106/2017 de 9 de febrero se mantiene y, por lo tanto, se prorroga para el año 2017 la bonificación del 20%. Para familias numerosas se mantienen los beneficios de cotización sobre las contingencias comunes del 45%.
No obstante, al incrementarse los tipos y las bases de cotización, se incrementa el coste total.