Como bien es sabido, este mes de enero el salario mínimo interprofesional (SMI) para un trabajador a jornada completa se situará en los 707 euros mensuales. Así, las empresas que en 2016 tengan contratados a empleados con rentas inferiores, deberán ajustar los sueldos de sus plantillas para que ningún asalariado perciba una cantidad menor.

El SMI o Salario Mínimo Interprofesional es el sueldo mínimo que un trabajador puede cobrar en España. Hasta 2016, este SMI era de 655 euros mensuales en 14 pagas para una jornada laboral de 8 horas. Una cantidad que situaba -y pese al incremento, sigue situando- a España a la cola de las principales economías europeas, muy por detrás de países como Luxemburgo (1.922 €/mes), Bélgica (1.501 €/mes), Reino Unido (1.378 €/mes) o Francia (1.457€/mes).

La subida del Salario Mínimo Interprofesional es obligatoria para todos los empleadores españoles sin excepción alguna.

Los empresarios deberán subir todas las rentas inferiores a 707 euros mensuales a ese mínimo de 707 de forma obligada. Independientemente de si cobraban el salario mínimo o cualquier cantidad inferior a 707 euros en 14 pagas. Es decir, a un trabajador que actualmente cobre 705 euros mensuales, se le deberá incrementar la renta hasta 707 para reajustar los salarios al mínimo interprofesional igual que a aquel que cobraba 655. De lo contrario, la empresa estaría cometiendo una irregularidad que podría ser denunciada por parte del trabajador ante la Inspección de Trabajo o ante los juzgados.

Según las estadísticas, unos 5 millones y medio de trabajadores cobran en España el SMI, lo que supone que esos 5 millones de trabajadores verán elevados su salario a partir de enero de 2017. Se trata de una histórica subida del 8%, desde 655 hasta 707 euros mensuales, un 8%, que deberá hacerse efectiva desde enero de 2017 y verse reflejada en la primera nómina a finales de enero.

¿Cuánto supondrá este reajuste del Salario Mínimo para el empresario?

El empresario o autónomo deberá preparar un coste salarial adicional de unos 1.000 euros anuales por cada empleado que estuviera cobrando el Salario Mínimo Interprofesional durante 2016, ya que no únicamente sube el salario mínimo, sino la base mínima de cotización con el correspondiente incremento del 8%.

La idea del Gobierno es incrementar el SMI de forma escalonada para alcanzar los 950€ mensuales en el año 2020. Ante esta medida, surge la duda de si es posible y viable tal incremento en un plazo de tiempo tan breve. Lo que es evidente es que el salario mínimo español es bajo, muy bajo, y muy desigual respecto al de otros países europeos con economías similares a la española. Obviamente, el bienestar y desarrollo de un país depende, en gran medida, de los salarios que perciben las familias y España no debería poder permitirse ser un país con un SMI tan reducido.

Sin embargo, un incremento del SMI afecta a todos los ámbitos mucho más allá de los salarios profesionales percibidos. Por ello no puede hacerse de forma indeliberada. Afecta a las pensiones, a las subvenciones, al IPC, a las bases de cotización…

¿Cómo afectará la subida del Salario Mínimo a la base de cotización de los autónomos?

La base de cotización de autónomos societarios se verá incrementada de forma proporcional sobre ese mismo 8%. Es decir, se incrementará la base mínima de cotización para los autónomos societarios y aquellos con más de diez trabajadores, ascendiendo de 1.067 euros a 1.152 en enero de 2017. Esto implica unos 300 euros adicionales al año para la cotización de este tipo de autónomos.

Para el resto de autónomos, la duda todavía está presente. Desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) se teme una subida del 8% en las bases mínimas de cotización de cualquier autónomo. En los años anteriores la base de cotización se ha ido modificando en la misma medida que lo hacía el Salario Mínimo Interprofesional, por lo que la situación de los autónomos deberá aclararse cuanto antes. En caso de producirse el incremento igual al del SMI, se trataría de un sobrecoste excesivamente elevado para un colectivo que, por norma general, está constantemente perjudicado.

Si desea contratar nuestros servicios de asesoría fiscal en Valencia, póngase en contacto con nosotros a través de info@ramon-asociados.com o en nuestra página web.

asesoría fiscal en Valencia

asesoría fiscal en Valencia

DIGITALIZA-CV 2020 - 2021

J.M. Ramón y Asociados, S.L. ha llevado a cabo el proyecto con título "Gestión de tareas, proyectos y análisis de ratios en un entorno seguro" financiado por el Institut Valencià de Competitivitat Empresarial (IVACE) incluido dentro del Programa de Ayuda Digitaliza-CV, para proyectos de digitalización de Pyme 2021, cofinanciado por los Fondos FEDER dentro del programa operativo FEFER de la Comunitat Valenciana 2014-2020. El objetivo de esta ayuda es impulsar proyectos de implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de las empresas