El pasado 29 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 27/2018 que afectó a varios impuestos. Si bien la incidencia real de tales modificaciones no es muy alta, a la espera de la publicación de los esperados Presupuestos Generales para 2019 y las leyes de acompañamiento a las que estamos habituados, pasemos revista a lo más significativo.
Novedades fiscales (2019)
Impuesto sobre la Renta
Prestaciones por maternidad
Como consecuencia de la celebrada Sentencia, se recogen entre las exenciones del IRPF, las prestaciones por maternidad, pero, como no podía ser de otra forma, incluyendo también las de paternidad percibidas de la Seguridad Social, y entidades asimiladas que actúen como alternativa a la Seguridad Social y, también las retribuciones percibidas por los empleados públicos en los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad en situaciones idénticas a las anteriores. Esta modificación tiene efectos para 2018 y ejercicios anteriores no prescritos.
Límites de exclusión de la estimación objetiva
Para aquellas actividades empresariales que determinan sus rendimientos en régimen de estimación objetiva, para 2019 se mantienen las cuantías de 250.000 y de 125.000 euros para el volumen de sus ingresos íntegros en el año anterior por el conjunto de las actividades económicas, salvo ganaderas, forestales y pesqueras, y siempre que estén obligados a facturar, respectivamente. Se mantiene también la cautela de que la cuantía del volumen de compras en bienes y servicios no pueden superar los 250.000 sin salir del régimen.
Nuevo plazo para renuncias y revocaciones al régimen de estimación objetiva
Se establece el 29 de enero de 2019 para la renuncia al régimen de estimación objetiva. A su vez los que hubieran renunciado a la aplicación de régimen en el mes de diciembre, pueden entender que lo han hecho en plazo, pero podrán modificar su opción hasta el 29 de enero de 2019.
Impuesto sobre el Patrimonio
Continúa plenamente vigente en 2019, trasladándose la bonificación total en la cuota a 2020.
Impuesto sobre Sociedades
Efectos fiscales de la aplicación del criterio de valor razonable
Hasta ahora las variaciones de valor razonable solo tenían trascendencia fiscal si se imputaban a pérdidas y ganancias. Con la modificación, y a partir de los ejercicios iniciados en 2018 también tendrán incidencia fiscal si por cualquier norma se deben imputar en una cuenta de reservas.
Integración en la base imponible de las entidades de crédito de los ajustes contables por la primera aplicación de la Circular 4/2017 del Banco de España
Estos ajustes son consecuencia de dos nuevas NIIF, la 9 y la 15, que originan cargos y abonos a reservas, y que cuando tengan efectos fiscales, se tienen que integrar en la base imponible, en los 3 primeros ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2018 por terceras partes.
Impuesto sobre el Valor Añadido
Límites de los regímenes especiales simplificado y de la agricultura ganadería y pesca
El límite para poder aplicar el régimen especial seguirá siendo de 250.000 euros. A su vez el importe máximo de adquisiciones, por todas sus actividades económicas, será de 250.000 euros.
Nuevo plazo para renuncias y revocaciones a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura ganadería y pesca
El plazo de renuncia, como el de la estimación objetiva, será hasta el 29 de enero de 2019-. Asimismo, si ya hubieran renunciado en el mes de diciembre podrán modificar su opción hasta el 29 de enero próximo.
Régimen aplicable a la final de la “UEFA Champions League 2019” y “UEFA EURO 2020”
Se establece un régimen aduanero especial que se aplica a las mercancías que se importen para su utilización en la celebración y desarrollo de estos eventos. Lo mismo respecto al IVA, para no exigir el requisito de reciprocidad para devolver las cuotas del impuesto soportadas con motivo de las mismas por empresarios y profesionales no establecidos en la Comunidad.
Actividades prioritarias del mecenazgo
Se considerarán actividades prioritarias del mecenazgo, en 2019, las actividades enumeradas en la Disposición Adicional septuagésima primera de la ley 6/2018 de PGE para 2018.
Valores Catastrales y tipos del IBI
Actualización de valores catastrales
Se actualizan, mediante coeficientes, los valores catastrales de los 1.179 municipios que lo habían solicitado.
Plazo de solicitud de aplicación de coeficientes de actualización de valores catastrales
En 2019, se establece el plazo hasta el 31 de julio para que los municipios soliciten la actualización de los valores catastrales para el año siguiente.
Plazo para aprobar y publicar las ponencias de valores totales
Igual que en el supuesto anterior, en 2019, el plazo que tienen los municipios para aprobar y publicar las ponencias de valores totales, será hasta el 31 de julio.
Plazo para aprobar el tipo de gravamen del IBI
Para 2019, el plazo será hasta el 31 de julio.
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