Hace un tiempo os hablamos sobre las ventajas fiscales para las Empresas de Reducida Dimensión (ERD). Hoy, en el blog de nuestra asesoría fiscal en Valencia, trataremos los beneficios o ventajas fiscales para la empresa familiar.

En primer lugar cabría apuntar que la Empresa Familiar no tiene una definición, como tal, dentro de la normativa civil, mercantil o fiscal. Es una empresa que se ha basado en la familia como núcleo inspirador de su actividad, estando compuesta de hermanos, padres, hijos, primos, etc., como fundadores de la misma y así mismo como impulsores.

Evidentemente esa definición no tiene en cuenta el tamaño de la misma: Lladró fue una empresa familiar y otras mucho más pequeñas no lo son pues son muchos los socios que no tienen parentesco entre sí.

Ventajas fiscales para la empresa familiar

A la hora de transmitir la propiedad de padres a hijos, la condición de empresa familiar puede suponer un gran ahorro fiscal, mayor o menor dependiendo de la Comunidad Autónoma, pero siempre importante. La reducción de hasta un 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es la principal bonificación, pero no es la única. De hecho, las dos principales ventajas fiscales de las empresas familiares las encontramos en las sucesiones pero también en el impuesto sobre el patrimonio.

Recordemos, primero, que una empresa familiar es aquella que está controlada estratégicamente por una familia. La mayor parte del patrimonio pertenece a una familia y su gestión es realizada por la misma. Sin embargo, a efectos normativos, para que se considere empresa familiar -y goce de ventajas fiscales-, se deben cumplir una serie de requisitos.

Requisitos para que la sociedad sea considerada Empresa Familiar ante la Administración:

  • La empresa familiar debe estar constituida como una sociedad mercantil, sin importar su forma jurídica. (Sociedad Anónima, Sociedad Limitada).
  • La persona que ejerce la gestión de la sociedad familiar o del grupo de empresas debe poseer un mínimo del 5% de las participaciones o acciones de la empresa familiar. Ese porcentaje se incrementa a un 20% si la empresa no pertenece a una única persona, sino a un grupo familiar.
  • Además, la remuneración que perciba por dirigir la sociedad debe suponer su principal fuente de ingresos. Esto es, una remuneración superior al 50% del resto de sus ingresos empresariales, profesionales y laborales.

Sin embargo, para gozar de los beneficios fiscales, se deben cumplir, además, otra serie de requisitos. La legislación busca evitar que se constituyan empresas que simulen ser familiares con el único objetivo de eludir impuestos. De este modo, se incrementan los requisitos para obtener ventajas y bonificaciones fiscales.

Requisitos para que la Empresa Familiar pueda acogerse a los beneficios fiscales:

  • La empresa debe desarrollar una actividad económica, no teniendo como actividad principal la gestión de un patrimonio inmobiliario o mobiliario. También más de la mitad de su activo no debe estar relacionado con acciones en bolsa, préstamos a terceros, fondos de inversión… Para aquellas sociedades familiares basadas en el arrendamiento de inmuebles que tengan al mínimo una persona contratada existe una normativa específica. Lo mismo sucede para las sociedades ‘holding’ que tengan participaciones superiores al 5% en otras empresas y cuenten con medios para la gestión de las participaciones.
  • Las retribuciones percibidas por la empresa familiar deben ser el principal ingreso en la renta. Esto quiere decir que supere el 50% de los rendimientos del trabajo y/o actividades económicas.
  • El porcentaje de participación en el capital social debe ser de un 5% a nivel individual o un 20% a nivel de grupo familiar. De otro modo, no podrá gozarse de bonificación en el impuesto sobre sucesiones y donaciones.

De este modo, es importante estar informado sobre el cumplimiento de estos requisitos a través de los ejercicios fiscales. El ahorro fiscal de las empresas familiares es significativo, y la revisión periódica del cumplimiento de los requisitos es de especial importancia. En caso contrario, podría incumplirse alguna de las condiciones normativas (recordemos que la normativa siempre es cambiante) y perderse el beneficio fiscal por ser una empresa familiar.

Si desea contratar nuestros servicios de asesoría fiscal en Valencia para su empresa familiar, póngase en contacto con nosotros a través de info@ramon-asociados.com o en nuestra página web.

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J.M. Ramón y Asociados, S.L. ha llevado a cabo el proyecto con título "Gestión de tareas, proyectos y análisis de ratios en un entorno seguro" financiado por el Institut Valencià de Competitivitat Empresarial (IVACE) incluido dentro del Programa de Ayuda Digitaliza-CV, para proyectos de digitalización de Pyme 2021, cofinanciado por los Fondos FEDER dentro del programa operativo FEFER de la Comunitat Valenciana 2014-2020. El objetivo de esta ayuda es impulsar proyectos de implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de las empresas