Desde el blog de nuestra asesoría fiscal en Valencia hemos seguido muy de cerca la nueva Ley de Autónomos. La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo venía siendo muy demandada por un sector, muchas veces, perjudicado. Recién aprobada, ya se conocen todas las medidas que serán recogidas en el BOE. Sin embargo, no ha ofrecido todas las medidas demandadas por las asociaciones de autónomos. Uno de los cambios destacables que incluye es el referente a la contratación de familiares.

La Nueva Ley de autónomos incluye una bonificación del 100% sobre la cuota por contingencias comunes en la contratación indefinida de un familiar. Si un autónomo contrata a su cónyuge, padres, hijos o parientes de segundo grado, tendrá la bonificación del 100% durante un año. Así, se busca fomentar la contratación de familiares en vez de obstaculizarla, como venía siendo habitual.

La Seguridad Social no permitía la contratación de un familiar que convivía en el mismo domicilio que el autónomo. Para estos casos, se utilizaba la figura del ‘autónomo colaborador‘.

La figura del autónomo colaborador era una obligación para familiares directos que fueran contratados por la empresa de forma habitual. Para quienes estén menos familiarizados con el término, recalcar que igualmente era el empresario el que hacía frente a las cotizaciones de la Seguridad Social y el pago de la nómina. Es decir, que el autónomo tenía las mismas obligaciones para con el autónomo colaborador que con el resto de sus empleados. Así, la contratación de familiares podía suponer un inconveniente para el autónomo.

Pues bien. Con la nueva Ley de Autónomos, se favorecerá la contratación de familiares con la bonificación del 100% por contingencias.

Requisitos para la bonificación por contratación de familiares

Los requisitos para obtener la bonificación en la contratación de familiares con la Nueva Ley de Autónomos son:

  • Que no se haya producido ningún despido improcedente en la empresa en los 12 meses anteriores.

  • Mantener el nivel de empleo en los seis meses posteriores a la contratación del familiar. Este requisito no contempla los despidos disciplinarios o las extinciones de contratos.

Estos requisitos buscan impedir que esta nueva bonificación perjudique a aquellos trabajadores que no forman parte de la familia.

Con la nueva Ley de Autónomos, además, sí se permitirá la contratación de hijos menores de 30 años que convivan en el mismo domicilio. También lo permitirá con los mayores de 30 años si se encuentran en condiciones de difícil acceso al mercado laboral. Por ejemplo, en el caso de discapacidades de entre el 33% y el 65% o pertenencia a colectivos desfavorecidos.

Por último, recalcar una última novedad relacionada con la contratación de familiares. Los autónomos dados de alta como trabajadores por cuenta propia que colaboren entre ellos tienen una nueva bonificación. Será del 50% durante los primeros 18 meses y del 25% en los seis siguientes. En este caso, el requisito es no haber estado dado de alta en el RETA durante los cinco años anteriores.

La Nueva Ley de autónomos entra en vigor el jueves 26 de octubre de 2017, ecepto algunos artículos y disposiciones finales, que lo harán el 1 de enero de 2018.

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J.M. Ramón y Asociados, S.L. ha llevado a cabo el proyecto con título "Gestión de tareas, proyectos y análisis de ratios en un entorno seguro" financiado por el Institut Valencià de Competitivitat Empresarial (IVACE) incluido dentro del Programa de Ayuda Digitaliza-CV, para proyectos de digitalización de Pyme 2021, cofinanciado por los Fondos FEDER dentro del programa operativo FEFER de la Comunitat Valenciana 2014-2020. El objetivo de esta ayuda es impulsar proyectos de implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de las empresas