La semana pasada, Antonio nos envió la siguiente duda en respuesta a nuestro artículo sobre qué impuestos debemos tener en cuenta cuando heredamos un inmueble. Nos preguntaba si hay alguna forma de conseguir un aplazamiento en el pago de los impuestos correspondientes a una vivienda heredada. Desconocemos muchos datos sobre la consulta, pero en líneas generales, SÍ es posible retrasar el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

SEGUIR LEYENDO…

Suponiendo que se trata de la herencia de un piso de un ascendiente directo en la Comunidad Valenciana, y en base a los artículos 82 a 90 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se podrían obtener los siguientes aplazamientos en el pago del impuesto:

  • Aplazamiento por término de hasta un año cuando concurran las condiciones siguientes:

a) Que se solicite antes de expirar el plazo reglamentario de pago.

b) Que no exista inventariado entre los bienes del causante efectivo o bienes de fácil realización suficientes para el abono de las cuotas liquidadas.

La concesión del aplazamiento implicará la obligación de pagar el interés de demora vigente el día que comience su devengo.

  • Fraccionamiento hasta por cinco anualidades cuando concurran las condiciones siguientes:

a) Que se solicite antes de expirar el plazo reglamentario de pago.

b) Que no exista inventariado entre los bienes del causante efectivo o bienes de fácil realización suficientes para el abono de las cuotas liquidadas.

c) Que se acompañe compromiso de constituir garantía suficiente que cubra el importe de la deuda principal e intereses de demora, más un 25 por 100 de la suma de ambas partidas. La concesión definitiva del fraccionamiento quedar subordinada a la constitución de la garantía.

La concesión del fraccionamiento implicará la obligación de pagar el interés de demora vigente el día en que comience su devengo.

En el caso de vivienda habitual, se podrá aplazar hasta tres años presentando una solicitud antes de expirar el plazo reglamentario de ingreso, acompañada del compromiso de constituir garantía suficiente que cubra la deuda principal e interés legal, más un 25 por 100 de la suma de ambas partidas.

Si tiene cualquier duda o sugerencia o si necesita más información, póngase en contacto con nosotros a través de info@ramon-asociados.es o en nuestra página web.

www.ramon-asociados.com

DIGITALIZA-CV 2020 - 2021

J.M. Ramón y Asociados, S.L. ha llevado a cabo el proyecto con título "Gestión de tareas, proyectos y análisis de ratios en un entorno seguro" financiado por el Institut Valencià de Competitivitat Empresarial (IVACE) incluido dentro del Programa de Ayuda Digitaliza-CV, para proyectos de digitalización de Pyme 2021, cofinanciado por los Fondos FEDER dentro del programa operativo FEFER de la Comunitat Valenciana 2014-2020. El objetivo de esta ayuda es impulsar proyectos de implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de las empresas