Este 23 de febrero de 2016, la Agencia Tributaria ha publicado la Resolución de 22 de febrero de 2016 por la que se aprueban las directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2016. De lo establecido en el mencionado plan, podemos destacar para 2016 las medidas de control sobre la economía sumergida, la investigación de patrimonios y rentas en el exterior, la planificación fiscal internacional, el control de la economía digital y la ampliación de la gestión recaudatoria.
Desde nuestro departamento de asesoría fiscal, queremos analizar con más detenimiento en qué consisten esas medidas, que refuerzan y continúan las actuaciones iniciadas en años anteriores pero incorporan además líneas nuevas que buscan investigar patrimonios y rentas en el exterior, controlar la planificación fiscal internacional, actuar en el comercio electrónico y en definitiva, combatir la economía sumergida.
Control sobre la economía sumergida:
- Personación con personal de las unidades de auditoría informática (UAI) en empresas intensivas en el manejo de efectivo, minoristas o proceedores de canales de distribución dedicadas a la venta al público.
- Verificación presencial de los medios de pago utilizados, con el fin de garantizar el cumplimiento de la limitación del pago en efectivo (Ley 7/2012, de 29 de octubre)
- Particulares que ofrecen de forma opaca viviendas por internet, así como empresas turísticas regulares que no cumplen correctamente con sus obligaciones fiscales.
La investigación de patrimonios y rentas en el exterior
- Coordinación y verificación de la información recibida por el modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el extranjero, por el acuerdo FATCA con EEUU o por acuerdos con terceros países (acuerdo CRS de intercambio de información).
- Existencia o no de ocultación de bienes y derechos.
- Efectiva tributación por la renta mundial de los contribuyentes residentes n España de los que la AEAT obtiene información procedente de otros estados miembros de la UE.
Planificación fiscal internacional
- Control sobre instrumentos ‘híbridos’, la existencia de establecimientos permanentes o sobre los precios de transferencia
Control de la economía digital
- Protocolos de actuación, tanto en empresas que realizan comercio electrónico como en las que alojan sus datos en la nube.
- Tributación de aquellos negocios que operan a través de la red.
Ampliación de la gestión recaudatoria
- Impulsando las derivaciones de responsabilidad, y en su caso, las acciones judiciales oportunas para combatir las operaciones de vaciamiento patrimonial y los supuestos de insolvencia punible, así como reforzar las medidas cautelares.
- Agilizar la gestión recaudatoria en los casos de existencia de indicios de delito fiscal.
- Investigaciones de movimientos financieros en fase de embargo o procesos concursales.
Otras medidas de control sobre el fraude fiscal
- Investigar signos externos de riqueza a efectos de detectar ingresos no declarados
- Control sobre la emisión de facturas irregulares y existencia de tramas de fraude organizado en el IVA.
- Control de rentas declaradas exentas que suponen gasto fiscalmente deducible en los pagadores.
En definitiva, estas actuaciones no suponen una gran novedad respecto a la de años anteriores, pero sí consolidan el esfuerzo de la Administración en controlar las operaciones en las que interviene el efectivo, además de aquellas que no se realizan en territorio español de forma así como las que se realizan telemáticamente y por último acrecentar los medios jurídicos que garanticen el cobro de las deudas fiscales.