El pasado 29 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 27/2018 que afectó a varios impuestos. Si bien la incidencia real de tales modificaciones no es muy alta, a la espera de la publicación de los esperados Presupuestos Generales para 2019 y las leyes de acompañamiento a las que estamos habituados, pasemos revista a lo más significativo.

Novedades fiscales (2019)

Impuesto sobre la Renta

Prestaciones por maternidad

Como consecuencia de la celebrada Sentencia, se recogen entre las exenciones del IRPF, las prestaciones por maternidad, pero, como no podía ser de otra forma, incluyendo también las de paternidad percibidas de la Seguridad Social, y entidades asimiladas que actúen como alternativa a la Seguridad Social y, también las retribuciones percibidas por los empleados públicos en los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad en situaciones idénticas a las anteriores. Esta modificación tiene efectos para 2018 y ejercicios anteriores no prescritos.

Límites de exclusión de la estimación objetiva

Para aquellas actividades empresariales que determinan sus rendimientos en régimen de estimación objetiva, para 2019 se mantienen las cuantías de 250.000 y de 125.000 euros para el volumen de sus ingresos íntegros en el año anterior por el conjunto de las actividades económicas, salvo ganaderas, forestales y pesqueras, y siempre que estén obligados a facturar, respectivamente. Se mantiene también la cautela de que la cuantía del volumen de compras en bienes y servicios no pueden superar los 250.000 sin salir del régimen.

Nuevo plazo para renuncias y revocaciones al régimen de estimación objetiva

Se establece el 29 de enero de 2019 para la renuncia al régimen de estimación objetiva. A su vez los que hubieran renunciado a la aplicación de régimen en el mes de diciembre, pueden entender que lo han hecho en plazo, pero podrán modificar su opción hasta el 29 de enero de 2019.

Impuesto sobre el Patrimonio

Continúa plenamente vigente en 2019, trasladándose la bonificación total en la cuota a 2020.

Impuesto sobre Sociedades

Efectos fiscales de la aplicación del criterio de valor razonable

Hasta ahora las variaciones de valor razonable solo tenían trascendencia fiscal si se imputaban a pérdidas y ganancias. Con la modificación, y a partir de los ejercicios iniciados en 2018 también tendrán incidencia fiscal si por cualquier norma se deben imputar en una cuenta de reservas.

Integración en la base imponible de las entidades de crédito de los ajustes contables por la primera aplicación de la Circular 4/2017 del Banco de España

Estos ajustes son consecuencia de dos nuevas NIIF, la 9 y la 15, que originan cargos y abonos a reservas, y que cuando tengan efectos fiscales, se tienen que integrar en la base imponible, en los 3 primeros ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2018 por terceras partes.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Límites de los regímenes especiales simplificado y de la agricultura ganadería y pesca

El límite para poder aplicar el régimen especial seguirá siendo de 250.000 euros. A su vez el importe máximo de adquisiciones, por todas sus actividades económicas, será de 250.000 euros.

Nuevo plazo para renuncias y revocaciones a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura ganadería y pesca

El plazo de renuncia, como el de la estimación objetiva, será hasta el 29 de enero de 2019-. Asimismo, si ya hubieran renunciado en el mes de diciembre podrán modificar su opción hasta el 29 de enero próximo.

Régimen aplicable a la final de la “UEFA Champions League 2019” y “UEFA EURO 2020”

Se establece un régimen aduanero especial que se aplica a las mercancías que se importen para su utilización en la celebración y desarrollo de estos eventos. Lo mismo respecto al IVA, para no exigir el requisito de reciprocidad para devolver las cuotas del impuesto soportadas con motivo de las mismas por empresarios y profesionales no establecidos en la Comunidad.

Actividades prioritarias del mecenazgo

Se considerarán actividades prioritarias del mecenazgo, en 2019, las actividades enumeradas en la Disposición Adicional septuagésima primera de la ley 6/2018 de PGE para 2018.

Valores Catastrales y tipos del IBI

Actualización de valores catastrales

Se actualizan, mediante coeficientes, los valores catastrales de los 1.179 municipios que lo habían solicitado.

Plazo de solicitud de aplicación de coeficientes de actualización de valores catastrales

En 2019, se establece el plazo hasta el 31 de julio para que los municipios soliciten la actualización de los valores catastrales para el año siguiente.

Plazo para aprobar y publicar las ponencias de valores totales

Igual que en el supuesto anterior, en 2019, el plazo que tienen los municipios para aprobar y publicar las ponencias de valores totales, será hasta el 31 de julio.

Plazo para aprobar el tipo de gravamen del IBI

Para 2019, el plazo será hasta el 31 de julio.

Si desea contratar nuestros servicios de asesoría fiscal en Valencia, póngase en contacto con nosotros a través de info@ramon-asociados.com o en nuestra página web.

asesoría fiscal en Valencia

asesoría fiscal en Valencia

DIGITALIZA-CV 2020 - 2021

J.M. Ramón y Asociados, S.L. ha llevado a cabo el proyecto con título "Gestión de tareas, proyectos y análisis de ratios en un entorno seguro" financiado por el Institut Valencià de Competitivitat Empresarial (IVACE) incluido dentro del Programa de Ayuda Digitaliza-CV, para proyectos de digitalización de Pyme 2021, cofinanciado por los Fondos FEDER dentro del programa operativo FEFER de la Comunitat Valenciana 2014-2020. El objetivo de esta ayuda es impulsar proyectos de implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de las empresas