Los problemas financieros que atraviesa una empresa en crisis, por muy graves que sean, no siempre tienen por qué derivar en el cierre de la misma. Cuando una empresa se encuentra en estado de insolvencia, tiene dos meses para dar a conocer su situación y solicitar un concurso de acreedores en el juzgado de lo Mercantil, aunque desde nuestra experiencia, si la insolvencia se detecta cuando todavía no ha aflorado la tempestad, las probabilidades de continuar con la actividad de la sociedad se incrementan considerablemente.

La realización de un concurso de acreedores planteado desde la base de continuidad de la empresa minimiza los problemas con los socios y administradores de la misma, cumple con los pagos a los acreedores y plantea diferentes alternativas para garantizar la supervivencia de la sociedad.

Las temidas estadísticas provocan que la mayoría de empresarios vean en el concurso de acreedores su última opción pues aproximadamente el 90% de las entidades que comenzaron un concurso de acreedores terminaron con la liquidación total de la misma. Sin embargo, algunos factores como el momento en que detectemos nuestra insolvencia o la planificación del concurso llevada a cabo por nuestra asesoría empresarial puede cambiar esta situación y conseguir que nuestra empresa se enmarque en ese 10% de empresas que sobreviven a un concurso de acreedores.

El concurso de acreedores es un procedimiento judicial que se inicia cuando una empresa en cuestión no es capaz de hacer frente a sus obligaciones financieras, buscando satisfacer el interés de la sociedad concursada (salir de la situación de impagos sin ninguna responsabilidad legal) y satisfacer el interés de los acreedores (cobrar los créditos pendientes por parte de la empresa). De esta operación pueden surgir, entre otras, tres posibles soluciones:

  1. La empresa vende de forma ordenada parte de sus activos y con ello hace frente a las deudas con los acreedores, o bien es capaz, sin venderlos, generar la suficiente tesorería mediante su actividad ordinaria, consiguiendo así mantener la continuidad de la empresa.

  2. La empresa vende de forma ordenada sus activos, hace frente a las deudas con los acreedores, manteniendo la continuidad de la empresa pero dejándola en manos de un nuevo propietario.

  3. La empresa vende de forma ordenada sus activos y cierra definitivamente sus puertas pero habiendo hecho frente a las deudas con los acreedores y por tanto, librándose de responsabilidades legales.

Si una sociedad se encuentra en situación de insolvencia, lo primero es acudir a su asesoría económico-legal para que el departamento de derecho mercantil evalúe la situación real de la empresa y considere si realmente debe solicitar el concurso de acreedores o existen otras opciones todavía para el mantenimiento de la misma. Hay situaciones en las que nuestros asesores externos, que son quienes verdaderamente tienen una visión objetiva y realista de la situación de nuestra empresa, recomiendan la continuidad de la misma de acuerdo a un análisis de la viabilidad económico-financiera de la misma.

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También puede suceder que, efectivamente, el concurso de acreedores sea nuestra mejor opción y en este caso, lo más beneficioso es someterse a un concurso voluntario, es decir, solicitado por la empresa insolvente. En ocasiones sucede que alguno de los acreedores de una empresa deudora solicite el concurso forzoso, aunque es un procedimiento menos común ya que en caso de que el juez no considere necesario el concurso, será el acreedor el que deberá pagar las costas judiciales e indemnizar a la empresa insolvente por los daños causados a su imagen.

La propia empresa insolvente suele optar por intentar acordar con los acreedores unas nuevas condiciones para satisfacer su deuda (generalmente, la ampliación de plazos) y esta situación puede hacer que desaparezca la insolvencia de la empresa. Pero hay que tener un cuidado especial, ya que la principal razón de que la gran mayoría de las empresas concursadas terminen en liquidación es que las empresas se deciden por el concurso de acreedores demasiado tarde, cuando ya no existen posibilidades reales de salvación:

No es lo mismo presentarse a un concurso de acreedores cuando uno prevé que en unos cuantos meses no podrá hacer frente a sus pagos que hacerlo cuando la situación es insostenible y los acreedores y trabajadores llevan meses sin cobrar.

El funcionamiento de un proceso concursal es complejo, pero podemos resumirlo en esta breve explicación: a los dos meses de conocer la insolvencia de una empresa, ésta está obligada a solicitar el concurso de acreedores en el juzgado de lo Mercantil para resolver los pagos pendientes y, en la medida de lo posible, mantener la actividad empresarial; si no se solicitare en el plazo de dos meses, los Administradores pueden tener responsabilidad personal. Una vez solicitada el juez de lo Mercantil paraliza las ejecuciones forzosas o los intereses de las deudas, nombre un Administrador Concursal que realiza un inventario de bienes y una lista de acreedores, para después negociar cómo se realizarán los pagos mediante un convenio que, debidamente ratificado por los acreedores, será vinculante para acreedores y deudores. Si este convenio se incumple (o si no se ha llegado a un acuerdo entre las partes) es cuando se presenta un plan de liquidación de la empresa y el juez deberá elegir entre las ofertas presentadas.

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Puede ser que la empresa quiera continuar con su actividad después de un proceso concursal, con lo que ésta intentará negociar con los acreedores para alargar los plazos de pago e incluso disminuir la cuantía de la deuda, pero al finalizar el proceso, si no se logra un convenio con los acreedores, la empresa buscará la forma de vender sus bienes y hacer frente a sus deudas financieras.

Desde nuestra asesoría empresarial comprendemos la dificultad personal y empresarial de iniciar un concurso de acreedores en una empresa. Por un lado, la imagen de nuestra marca se ve afectada y además, los empresarios invierten tanto esfuerzo en sus empresas que los factores personales y la sensación de fracaso es un condicionante importante, pero independientemente de estas cuestiones, se trata de minimizar los costes futuros para los gestores de la empresa.

Como siempre, el primer consejo es acudir a nuestra asesoría un tiempo antes de que la situación económica de la empresa se haya vuelto insostenible y la empresa todavía esté a tiempo de solucionar sus problemas, de cumplir con sus obligaciones financieras y además, de mantener la continuidad de la entidad en las mismas manos de quienes la crearon.

Si desea más información o contratar nuestros servicios, póngase en contacto con nosotros a través de info@ramon-asociados.com o en nuestra página web:

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