¿En qué consiste la revisión de la Ley 20/2007 de 11 de Julio del Estatuto del trabajo autónomo?
El Estatuto del Trabajo Autónomo es el documento que refleja los deberes y derechos del trabajador por cuenta propia en España en aspectos como la prevención de riesgos laborales, prestaciones en materia de bajas, desempleo, prejubilación, etc.
Fue aprobado en 2007 y en marzo de 2015 ha sufrido una nueva modificación. Desde nuestro departamento de asesoría laboral os vamos a explicar la modificación de la ley 20/2007 de 11 de julio del Estatuto del Trabajo Autónomo.
COLECTIVO:
Trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
BENEFICIOS POR CONCILIACIÓN DE LA VIDA PROFESIONAL Y LABORAL:
Bonificación del 100% por contingencias comunes, sobre la base media que tuviera el trabajador en los doce meses anteriores, por:
- Por cuidado de menores de 7 años que tengan a su cargo.
- Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.
REQUISITOS:
- Permanecer en alta 18 meses desde la aplicación de la bonificación.
- Contratar a un trabajador (mínimo 3 meses) a tiempo completo o parcial* (mínimo 50% jornada), durante la bonificación.
- No tener trabajadores de alta, ni haber tenido en los 12 últimos meses.
- Cuando se extinga la relación laboral, se mantendrá la bonificación si se contrata a otro trabajador en el plazo máximo de 30 días.
*Si el contrato es a tiempo parcial la bonificación máxima es del 50%
DEVOLUCIÓN:
Si no se cumplen los requisitos anteriores, el trabajador autónomo estará obligado a reintegrar el importe de la bonificación disfrutada, excepto:
- Por despidos declarados o reconocidos procedentes.
- Por causas imputables al trabajador (dimisión, muerte, incapacidad, etc).
- Por extinción durante el periodo de prueba.
Cuando proceda el reintegro, este quedará limitado exclusivamente a la parte de la bonificación disfrutada que estuviera vinculada al contrato cuya extinción se hubiera producido en supuestos distintos a los previstos en el párrafo anterior.
COMPATIBILIDAD:
Las medidas previstas serán compatibles con el resto de incentivos a la contratación por cuenta ajena, conforme a la normativa vigente.
Si desea más información, póngase en contacto con nosotros a través de jcastro@ramon-asociados.com o en nuestra página web